• La consultora EY consideró que la mayoría de los avances en los derechos laborales han sido enfocados en el bienestar físico.
  • Salvo lo relacionado con discriminación, hostigamiento y acoso, ninguno contemplaba el bienestar emocional, psíquico y social del trabajador, hasta la llegada de la NOM-035.
  • La encuesta identificó que durante 2019 los riesgos psicosociales eran producto del estrés y carga normal de trabajo; sin embargo, en 2020 estos se han acentuado y el número de centros de trabajo con riesgos también ha incrementado.
 

Durante este año, 7 de cada 10 centros de trabajo presentan riesgo alto o medio en el dominio de la carga de trabajo, según una encuesta de la firma EY.

A un año de la entrada en vigor de la NOM-035-STPS-2018 —que permite a las empresas determinar y prevenir los riesgos psicosociales en el trabajo— la firma consideró que la mayoría de los avances en los derechos laborales han sido enfocados en el bienestar físico.

Pues, salvo lo relacionado con discriminación, hostigamiento y acoso, ninguno contemplaba el bienestar emocional, psíquico y social del trabajador, hasta la llegada de la NOM-035.

La encuesta identificó que durante el 2019 los riesgos psicosociales eran producto del estrés y carga normal de trabajo.

Sin embargo, en 2020 dichos riesgos se han acentuado y el número de centros de trabajo con riesgos también ha incrementado; esto se debe al impacto de la pandemia en el trabajo remoto, las cargas de trabajo y la falta de control sobre las actividades.

Por mencionar un ejemplo, durante el 2020, 7 de cada 10 centros de trabajo presentan riesgo alto o medio en el dominio de carga de trabajo; mientras que 6 de cada 10 presentan riesgo alto o medio en el dominio de jornada de trabajo.

¿Cuáles son las obligaciones que deben cumplirse con la NOM-035?

Algunas de las obligaciones que incluye la norma a su entrada en vigor se encuentran:

  • Difundir una política de prevención de riesgos psicosociales.
  • Adoptar medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial.
  • Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos; canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo.
  • Generar un mecanismo seguro y confidencial para presentar quejas.

“Son muchos los países que han trabajado de manera importante en impulsar este tipo de regulaciones, las cuales han generado grandes beneficios para los trabajadores y las empresas. Nuestro país necesitaba avanzar en este sentido para estar en igualdad de condiciones y ofrecer beneficios a la fuerza laboral, similares a los de otros países, cuyas empresas pueden invertir en México”, señala Alejandro Caro, Associate Partner de EY Law-Laboral.

La segunda fase de cumplimiento de obligaciones de la NOM-035

La segunda fase de cumplimiento de obligaciones entra en vigor el próximo 23 de octubre de 2020 e incluye:

  • Centros de trabajo entre 16 y 50 trabajadores: aplicar una encuesta a los trabajadores para identificar los factores de riesgo psicosocial.
  • Centros de trabajo con más de 50 trabajadores: aplicar una encuesta a los trabajadores; identificar los factores de riesgo psicosocial, y evaluar el entorno organizacional.
  • Para todos los centros de trabajo con 16 o más trabajadores: practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.

La encuesta de evaluación de los factores de riesgo psicosocial y entorno organizacional debe aplicarse al menos una vez cada dos años; y arroja un nivel para cada uno de los factores de riesgo: nulo, bajo, medio, alto o muy alto.

En caso de que alguno de los factores de riesgo sea evaluado en un nivel superior a bajo, el patrón deberá implementar un programa para la atención de los factores de riesgo psicosocial con una duración de dos años, luego de los cuales se volverá a aplicar la encuesta para medir la efectividad del programa.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene a su cargo la vigilancia de esta NOM.

La NOM-035 no establece expresamente una sanción por incumplimiento; sin embargo, se trata de una disposición de seguridad y salud en el trabajo, y las sanciones por incumplimiento se encuentran en la Ley Federal del Trabajo, y van de las 250 a las 5,000 UMA.

El monto de la sanción, dentro del rango referido, lo fija la autoridad tomando en cuenta diversos factores, como la gravedad de la falta cometida y la capacidad económica del infractor.

Cuando la violación afecte a varios trabajadores, la autoridad está facultada para imponer una sanción por trabajador afectado, lo cual puede elevar sustancialmente la multa.

AHORA LEE: ¿Tus colaboradores sufren «burnout»? 6 estrategias para prevenirlo y detectarlo, si buscas transformar tu organización

TAMBIÉN LEE: La salud emocional de los empleados, el reto más grande de las empresas en la nueva normalidad, ¿cuáles son sus estrategias?

Descubre más historias en Business Insider México

Síguenos en FacebookInstagram, LinkedIn y Twitter.