• El reparto de utilidades es una prestación de los trabajadores derivada de las ganancias que obtiene el patrón durante el año.
  • Si tu patrón es una empresa, el reparto de utilidades debe darse desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo; si tu patrón es una persona física deberá distribuirse entre el 29 de mayo y 29 de junio.
  • La cantidad que recibirás será variable. Sin embargo no debe ser menor al 10% generados por la organización.
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El reparto de la utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón. Está establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Si trabajas para una empresa, el reparto de utilidades —si es que hubo— comenzó el 1 de abril y se extenderá hasta el 31 de mayo. Por otro lado, si tu patrón es una persona física que genera empleos, este dinero extra deberá distribuirse entre el 29 de mayo y 29 de junio. 

¿Qué debo saber sobre el reparto de utilidades?

Para ser acreedor al reparto de utilidades, es necesario que tanto el trabajador como la empresa cubran ciertos requisitos. Estos incluyen:

  • Que la empresa haya generado ganancias por al menos 300,000 pesos, de acuerdo con lo reportado en su declaración anual.
  • La empresa debe tener más de dos años en operación.
  • El empleado tiene que llevar por lo menos 60 días trabajando en la empresa.

Cabe destacar que entre más elevado sea el salario de la persona, más será la utilidad que reciba. Esto quiere decir, que la cantidad que recibirás será variable. Sin embargo no debe ser menor al 10% generados por la organización.

Además, los trabajadores que ya no laboren en la empresa pero trabajaron ahí un año atrás pueden tener derecho a utilidades del año fiscal en el que laboraron ahí. En este caso los patrones deben encargarse de contactar al beneficiario.

Ese reparto se hace en dos momentos según Marcelo Guerrero, director Comercial y de Negocios en Principal Afore.

“Una primera parte es una bolsita comunitaria y se reparte por igual a todos; y otra en que se reparten proporción a los salarios devengados por el trabajador, ya que va dependiendo de la antigüedad que tenga el trabajador», explicó.

Quienes no podrán recibir utilidades son gerentes generales, socios, accionistas, trabajadores eventuales y trabajadores por honorarios.

Cómo invertirlo en beneficio de tu Afore

De acuerdo con Guerrero, entre 2.6 y 2.8% de los mexicanos destinan ese ahorro para temas de retiro. «Las demás opciones suelen ser solventar deudas o comprar plataformas de streaming”, dijo. Sin embargo, añadió que no es lo más aconsejable.

“Mi consejo: págate a ti mismo. ¿Por qué pagas diferentes servicios o a terceros y no eres capaz de reconocer que también eres importante? Es importante que tú deposites e inviertas algo en tu futuro», dijo. 

En ese sentido puedes hacerlo por medio de aportaciones voluntarias.

Esto es conveniente ya que puedes designar cierta cantidad en cierto periodo y dejar que se acumule en tu Afore. Entonces, así recibas 100 o 10,000 pesos puedes desarrollar un plan de ahorro.

La otra alternativa es un fondo de inversión especial que no tiene un mínimo de aportación. Puedes acceder a ello por medio de las diferentes financieras que hay disponibles.

Otra opción es invertir en Cetes. Esta es una opción segura en la que podrás reinvertir tu dinero cuando lo decidas y, una vez que decidas retirar las ganancias, depositarlas en tu Afore. 

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