• La miscelánea fiscal para 2022 prevé que los otorgantes de crédito comprueben que hicieron todo lo posible para cobrar un crédito.
  • Si el otorgante de crédito no comprueba que agotó las posibilidades de cobro, podrá marcar la deuda como incobrable y deducir de impuestos.
  • Esta medida podría inhibir el acceso a crédito de personas y empresas o subir el costo de los préstamos, advirtió el experto financiero, Mario Di Costanzo.

A partir de 2022 el gobierno federal propone limitar a las instituciones financieras otorgantes de crédito la deducibilidad de los créditos impagables, a menos que agoten todas las medidas necesarias para evitar la falta de pago de sus acreditados y comprueben que lo hicieron.

De lo contrario no podrán acceder a los beneficios fiscales que otorga la deducción de las pérdidas.

“Lo anterior, al detectarse un abuso desmedido en la deducción de créditos incobrables por parte de los contribuyentes, bajo el argumento de que no es posible recuperar el monto del crédito”, de acuerdo con el proyecto de Miscelánea Fiscal del gobierno federal para 2022, que se presentó hoy en la Cámara de Diputados.

El gobierno federal destacó que han detectado que los prestadores de crédito no agotan los medios legales para cobrar los préstamos. Esto afecta su resultado fiscal, al deducir los créditos impagables con lo que no contribuyen al gasto público de manera proporcional y equitativa.

“Han encontrado en el fisco federal una forma de que éste indirectamente asuma el costo fiscal de las deudas de los clientes. A pesar de que el incumplimiento de las obligaciones es imputable a esas compañías; al no realizar una efectiva evaluación en el otorgamiento del crédito”, detalla en su proyecto de modificación a diversas leyes.

Este y otros cambios están propuestos en la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (LIEPS), de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (LISAN), del Código Fiscal de la Federación (CFF) y Otros Ordenamientos.

¿Qué implica limitar la deducibilidad de créditos impagables para las instituciones financieras y para quienes buscan crédito?

El gobierno federal detalló que con la reforma se pretende que las empresas profesionalicen el otorgamiento del crédito a sus clientes y tomen todas las medidas necesarias para evitar la falta de pago o morosidad.

“El problema es que es una disposición muy discrecional. ¿Qué es lo que está pasando? que en la cobranza tienen que ser más específicos.

«El problema es qué se entiende por buscar un resultado favorable, es totalmente indeterminado y discrecional”, explicó a Business Insider México el expresidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y experto en el sector financiero, Mario Di Costanzo.

Advirtió que de aprobarse esta medida podría llegar a inhibir el otorgamiento de crédito para empresas y personas; encarecer el costo del financiamiento e impulsar medidas de cobranza que choquen con la regulación en materia de cobro a deudores.

Además, las instituciones de crédito estarían obligadas a presentar a la autoridad fiscal la información que proporcionen a las Sociedades de Información Crediticia, comúnmente conocidas como burós de crédito.

“De esta manera la autoridad fiscal tendrá la certeza de que las instituciones de crédito deducirán los créditos que realmente son reportados ante las Sociedades de Información Crediticia”, añade el proyecto.

¿Cómo está la cartera vencida de las instituciones de crédito?

Según datos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), al cierre de julio de 2021, el Índice de Morosidad (IMOR), que es el reflejo de la dificultad económica a la que se ha enfrentado el país en los últimos 18 meses, exhibe que las empresas y familias ya no tienen recursos de ahorro y están presentado dificultades para pagar.

A escala mundial un IMOR sano es de 3%, en México el IMOR registrado al cierre de julio de 2021 fue:

  • Tarjetas de crédito, 4.06%
  • Préstamos de nómina, 2.47%
  • Créditos personales, 5.71%
  • Préstamos para vivienda, 3.50%
  • Créditos adquiridos con el Instituto Nacional de Fomento a la Vivienda (Infonavit) o el Fondo de la Vivienda para Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (Fovissste), 6.47%

La Comisión detalló que el IMOR de la cartera comercial fue de 1.61% y el de las carteras de empresas en 2.06%.

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