• La reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor permite a los proveedores de internet bajar contenido sin que medie una autoridad gubernamental.
  • Esta medida armoniza la normativa mexicana con la estadounidense y con el TMEC, aunque despierta críticas por censura.
  • Artículo 19 y R3D se han pronunciado contra la medida, que se publicará mañana en el Diario Oficial de la Federación.

Con la llegada del TMEC, el acuerdo comercial tripartita entre Estados Unidos, México y Canadá, nuestro país también reformará la ley en materia de derechos de autor.

Este martes, la Cámara de Diputados aprobó la modificación a la Ley Federal del Derecho de Autor, una de las que reglamentan el TMEC.

Entre los cambios a la Ley Federal del Derecho de Autor hay medidas tecnológicas de protección a los autores, gestión de derechos y proveedores internet. Se publicará este miércoles 1 de julio en el Diario Oficial de la Federación, coincidiendo con la fecha de entrada en vigor del TMEC.

La reforma, que fue aprobada por el Senado el domingo, busca armonizar la legislación mexicana con los requisitos del TMEC. Para ello, avalaron seis dictámenes entre los que se encuentran modificaciones a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de protección y debilidades de los proveedores de servicios de internet.

La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor despierta polémica

En la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que entrará en vigor este miércoles se amplían las medidas de protección a la obra literaria y artística; así como la protección en internet a la obra, el autor, el artista intérprete o ejecutante.

Sin embargo, la legislación contraviene el derecho a la libertad de expresión y permite la censura en internet, consideró la organización Artículo 19.

El domingo, la asociación lamentó que el Senado de la República no abriera una discusión sobre el tema, que calificó como «lesivo para el derecho a la libertad de expresión».

“Reiteramos que el mecanismo de ‘notificación y retirada’ previsto en el dictamen es inconstitucional y contrario a los estándares internacionales de Derechos Humanos”, dijo.

El mecanismo aprobado, dijo la asociación, se usa en distintas partes del mundo para eliminar información de interés público en internet.

«Notificación y retirada», las nuevas facultades de los proveedores de servicios de internet

La reforma amplía las facultades de proveedores de servicios de internet, armonizadas con la Ley de Derechos de Autor del Milenio Digital (DMCA) de Estados Unidos. En esta, existe la figura «notificación y retirada» o «notice and take down», que autoriza a los proveedores de internet para bajar de la red contenidos que infrinjan el derecho de autor sin que ninguna autoridad gubernamental intervenga, explicó Mario Fromow, comisionado del Instituto Federal de Telecomucaciones (IFT).

“Lo que ayer se aprobó, en cuestión de adecuación a las leyes para la entrada en vigor TMEC, tiene muchas implicaciones, dado que maneja lo que se denomina ‘notice and take down’. O sea, aquella posibilidad de que los representantes de los derechos de autor, o de propiedad intelectual, contacten directamente a los proveedores de servicios de internet y estos se conviertan, en cierta forma, en una autoridad para definir si bajan o no un contenido de un usuario que considere el titular está infringiendo su derecho”, dijo el comisionado durante su participación en el foro Neutralidad de la red en México, análisis y debate, del IFT, reportó Milenio.

Para ello, basta con que una persona alegue que el contenido viola su derecho de autor para que el contenido se baje de manera automática, según Luis Fernando García, director de la organización Red de Defensa de los Derechos Digitales (R3D).

Castigos por violar los «candados digitales»

García también explicó otras implicaciones de la armonización de la legislación mexicana con el TMEC, entre los que destacan las sanciones contra los «candados digitales».

«Además de la censura que se pretende al implementar el #TMEC, se pretende castigar la elusión de “medidas tecnológicas de protección”, comentó en Twitter.

Las medidas tecnológicas de protección, o «candados digitales» limitan lo que se puede hacer con aparatos y bienes digitales para resguardar el derecho de autor. Sin embargo, no toma en consideración los casos de protección a la privacidad, derecho a la información o pruebas de seguridad, dijo en Twitter.

Las reformas serán publicadas este 1 de julio en el Diario Oficial de la Federación.

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