Luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el lunes una nueva jurisprudencia sobre una reducción de 25 a 10 salarios mínimos al tope a las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), hay muchas dudas sobre qué fue exactamente lo que resolvió.

La Corte estableció que las pensiones bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 pueden toparse a 10 salarios mínimos, porque así lo disponía el Artículo 33 de la legislación, dijo el especialista en Derecho de la Seguridad Social, Sebastián Patiño.

¿Qué significa esto?

Esto quiere decir que si un trabajador cotiza con un tope de 25 salarios mínimos (123 pesos diarios, a cifras del 2020), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podría pagarle la pensión tomando como base únicamente 10 salarios mínimos, explicó el experto.

“Esta regla solo aplicaría a aquellos que cotizaron antes de junio de 1997 y a la fecha siguen cotizando”, aclaró en Twitter.

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El director del IMSS, Zoé Robledo, dijo este martes en la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador que la institución no tiene en planes hacer ningún recorte al monto de las pensiones, ya que sería injusto para los trabajadores que han trabajado en la formalidad toda su vida.

«Se va a respetar el esquema de todos los trabajadores que están en esquema de transición», dijo el director del IMSS, Zoe Robledo, en conferencia de prensa con AMLO.

Entonces, ¿para qué sirvió la jurisprudencia?

La jurisprudencia sobre pensiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es obligatoria para los jueces de inferior jerarquía cuando resuelvan los juicios, pero no es obligatoria para el IMSS.

“El IMSS no se ha manifestado oficialmente, aunque es evidente que ha venido defendiendo ante los tribunales la aplicación del tope de 10 salarios mínimos en el cálculo de las pensiones para los asegurados del régimen de transición, lo que ha motivado esta nueva jurisprudencia”, agregó.

Aseguró que si bien existe interpretación jurídica que permita topar las pensiones a 10 salarios, también hay medios de defensa.

La SCJN es la máxima autoridad judicial en el país y sus determinaciones marcan el sentido en el que los jueces de primera y segunda instancia se pronuncian sobre los casos.

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Casos anteriores

Sebastián Patiño aclaró que esta es la tercera ocasión en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación toca el tema, la primera en 2010 y la segunda en 2016.

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