• Olimpia Coral Melo, junto con otras mujeres víctimas de acoso digital, se dieron a la tarea de impulsar una iniciativa de Ley para reformar el Código Penal y tipificar la violencia digital como un delito.
  • La Ley Olimpia establece sanciones como multas económicas o penas de cárcel a quien difunda en redes sociales o en internet, contenido íntimo de cualquier persona sin su consentimiento.
  • Hasta el momento son 18 las entidades federativas que adicionaron estas reformas a sus Códigos Penales.

Han pasado 6 años desde que la joven Olimpia Coral Melo inició una lucha por la justicia, luego de que un video íntimo de ella fuera difundido sin su consentimiento. En 2014, su expareja publicó las imágenes en redes sociales, provocando una campaña de acosa en contra de la hoy activista.  

Fue así que Olimpia, junto con otras mujeres víctimas de acoso digital, se dieron a la tarea de impulsar una iniciativa de ley en el estado de Puebla, para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar la violencia digital como un delito. Lograron que se discutiera y se aprobara en diciembre de 2018 en el estado y en 2019 en otras 16 entidades, incluida Ciudad de México (CDMX).

Este conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas se le conoce como “Ley Olimpia”.

Este jueves, diputados del Congreso de Baja California aprobaron la ley, dando un total de 18 entidades que adhieren estas reformas a su Código Penal.

¿De qué se trata la «Ley Olimpia»?

La “Ley Olimpia” consiste en un conjunto de reformas realizadas a los Códigos Penales de las 18 entidades federativas, así como a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se reconoce la violencia digital (cibervenganza, ciberporno y acoso sexual), como un tipo de delito.

Gracias a las reformas se podrán establecer sanciones como multas económicas o penas de cárcel a quien difunda en redes sociales o en internet, contenido íntimo de cualquier persona sin su consentimiento.

¿Qué es la violencia digital?

De acuerdo con la definición establecida en el artículo 7º de la Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la violencia digital consiste en actos de acoso, hostigamiento; amenazas, vulneración de datos e información privada.

También contempla como un delito la difusión, exhibición, divulgación, almacenamiento y tráfico de contenido sexual, ya sean videos, fotos o audios, sin consentimiento, a través de medios digitales como las redes sociales, mensajería o sitios de internet; toda vez que son actos que vulneran la integridad, la libertad, la vida privada y los derechos, principalmente de las mujeres.

Además, estará castigada la elaboración de imágenes, audios o videos simulados de contenido sexual íntimo sin el consentimiento de la persona implicada o mediante engaño.

Las penas se agravarán a la mitad cuando la víctima sea familiar hasta tercer grado en línea recta, o cuando hubiese existido una relación sentimental, educativa o laboral entre el agresor y la víctima.

¿Por qué es importante?

De acuerdo con lo escrito por el especialista jurídico Luis Mario Lemus Rivero, en la revista Foro Jurídico, la “Ley Olimpia”, es importante porque la violencia digital es algo que nos vulnera a todos y que antes de estas reformas no se vigilaba.

“Con el desarrollo de la era digital, si bien hay actos jurídicos que están regulados y por consecuencia penados como lo es la violencia, hace falta adecuarlos a la realidad, es decir, a situaciones que se van dando naturalmente con el paso del tiempo, como lo es en este caso la violencia a través de la tecnología o los canales digitales”, escribe.

Por su parte, el Módulo sibre el Ciberacoso (MOCIBA) del Inegi, reportó que para el 2015, año siguiente del caso de Olimpia Coral, había al menos 9 millones de mexicanas viviendo cibeacoso.

Para 2019, el MOCIBA reportó que solo 23.9% de la población de los 101.5 millones de personas usuarias de internet, declaró haber vivido, en los doce meses previos a la encuesta, algunas situaciones de acoso cibernético. De ahí la urgencia de sancionar este tipo de delitos, los cuales vulneran el derecho a una vida libre de violencia.  

¿Está mal hacer sexting o mandar fotos íntimas?

De acuerdo con el Frente Nacional para la Sororidad, hacer sexting no es malo siempre y cuando sea con consentimiento de las personas involucradas. Sin embargo, señalan que es una práctica peligrosa si no se tienen los cuidados necesarios, por ello compartieron en sus redes sociales, una guía para practicar sexting seguro.

Frente Nacional para la Sororidad

¿Qué estados aplican la «Ley Olimpia»?

El último estado en adoptar la “Ley Olimpia” e integrarlo a su Código Penal fue Baja California, cuando este 25 de junio de 2020, los diputados del Congreso la aprobaron por unanimidad.

Otros estados que ya habían aprobado estas reformas son:

Ley Olimpia
Ley Olimpia
Ley Olimpia
Ley Olimpia
Ley Olimpia
Ley Olimpia
Ley Olimpia
Ley Olimpia

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