Ericka Treviño Calderón

Ericka Treviño Calderón

El 2020 trajo consigo una nueva realidad, en donde para la mayoría, el hogar se ha transformado en la nueva oficina de trabajo. El “home office” llegó para quedarse en el 2021 y, como empleada o empleado bajo esta modalidad de trabajo, es vital que conozcas tus derechos para evitar caer en el abuso, al trabajar horas extras no remuneradas, y asumir gastos que no te corresponden.

¿Por qué debes conocer la nueva ley del home office para tu trabajo?

Desde marzo de 2020 a la fecha, ha resonado a nivel mundial el término “teletrabajo” o “home office”, pero México tardó casi 10 meses en regular esta modalidad de trabajo con la reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo.

El objetivo de la reforma es crear un equilibrio donde se establecen las condiciones, derechos y obligaciones bajo las cuales se debe prestar el “home office”.

Es decir, hay una determinación sobre la forma de organizar y realizar el trabajo a distancia, respetando las jornadas laborales y proporcionando las herramientas físicas e informáticas adecuadas para tu trabajo, así como el reparto proporcional en gastos de luz y de conexión, entre otras.

¿Mi patrón pagará los gastos de electricidad por mi trabajo?

Si tu recibo de luz ha aumentado durante la pandemia por el home office, se pretende que ahora sea obligación de tu patrón asumir los gastos de telecomunicación, como el internet y la parte proporcional de la electricidad.

Sin embargo, nuestros legisladores no han definido como habrá de interpretarse el término “proporcional” en esta reforma. Por lo que se puede considerar que es una obligación del patrón, asumir los gastos de electricidad que consuma el trabajador, en el desempeño de todas sus actividades laborales.

¡Cuidado! Eso no quiere decir que no asumirás aquellos gastos. Por el momento, la ley generaliza las obligaciones de los patrones y crea nuevas interrogantes que deben de ser atendidas, tales como la manera de calcular los costos de los servicios.

Para evitar malentendidos y abusos por las ambigüedades en la ley, tu patrón buscará pactar el porcentaje de consumo de electricidad que pagará según las características del trabajo que prestes, como lo puede ser;

1) La realización de llamadas telefónicas.

2) La necesidad de alta velocidad de internet.

3) La utilización de programas tecnológicos, entre otros.

¿A qué más tengo derecho bajo la nueva ley del home office?

Tu computadora, teléfono, impresora, incluso la silla en la que trabajas deberá proporcionarla tu patrón, siempre y cuando sea el equipo necesario para desempeñar tu trabajo, ya que el Artículo 330-E de la Ley Federal de Trabajo, busca mejorar la logística bajo las cuales se realizan las actividades fuera de la oficina.

Para muchos, el trabajo fuera de la oficina nunca llega a su fin y contestan correos las 24 horas del día y atienden llamadas fuera de su jornada laboral.

El teletrabajo no tiene como fin aumentar la carga de trabajo, sino que busca la flexibilidad laboral, fomentando el equilibrio entre la vida personal y laboral y permitiendo a todos los trabajadores gozar de su derecho a la desconexión al final de cada jornada; aún y cuando tengan el equipo de trabajo a 1 metro de distancia.

Si no me dieron el equipo de trabajo, ni respetan mis jornadas laborales, ¿qué puedo hacer para protegerme?

La Secretaría de Trabajo, a través de Inspectores, se encargará de revisar el cumplimiento de las nuevas disposiciones del teletrabajo, así como del pago de los salarios, la entrega del equipo, el respeto al derecho a la desconexión, la inscripción en el seguro social, el pago de los servicios de telecomunicación, etc.

Aún se están definiendo los medios por los cuales podrás protegerte ante abusos del empleador. Por el momento puedes enviar una queja anónima al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx., para que los Inspectores del Trabajo monitoreen y vigilen a los empleadores. Lo único que deberás especificar es:

1) Nombre de la empresa
2) Actividad del centro de trabajo
3) Domicilio
4) RFC de la empresa
5) Nombre del representante legal
6) El motivo de la queja

Adicionalmente, podrás recibir asesoría y presentar un reporte ante la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador (Profedet), a través de su portal o vía telefónica marcando al 800-717-2942.

A pesar de que la regulación al teletrabajo siga en pañales, no está de más que conozcas qué derechos gozas como trabajador. El hecho que estés trabajando fuera de la oficina no debe significar que estás asumiendo mayores gastos que los ingresos que percibes.

home office trabajo | Business Insider Mexico

Las opiniones publicadas en esta columna son responsabilidad del autor y no representan ninguna posición por parte de Business Insider México.

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