Sales a caminar y de repente te encuentras con la blusa de tus sueños, pero no llevas efectivo, solo tu tarjeta. Miras y el comercio tiene el anuncio de que sí acepta dinero plástico; sin embargo, al momento de pagar el cajero te dice que te harán un cargo extra que puede oscilar entre el 2 y el 6%. 

Te surge la duda, preguntas el porqué, y el cajero responde: porque es la comisión que nos cobra el banco.

Si bien contar con una Terminal Punto de Venta (TPV) en el negocio —para poder cobrar con tarjetas de crédito o de débito— es vital para aprovechar la oportunidad de venta; algunos comercios transfieren al cliente la comisión que les cobra el banco por esta herramienta.

Aunque los encargados de pagar la comisión al banco por el uso de la TPV debería ser el comercio, en contadas ocasiones se le transmite este cobro a los clientes, mismos que no deberían de sufragarlo.

La transmisión de este cobro los puede llevar a incurrir en faltas y multas por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), ya que quebranta el artículo 7 bis de la Ley Federal del Consumidor. En esta se establece que:

«El proveedor está obligado a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor.

Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito.»

¿Qué puede hacer la Profeco si me transfieren la comisión de la TPV?

Si al momento de querer pagar con tu tarjeta de débito o crédito te quieren cobrar la comisión del banco o de diversas herramientas para efectuar el pago, como consumidor únicamente podrás abordar dos opciones:

  1. Presentar una queja ante la Profeco, ya que cuenta con la facultad de multar al comerciante por la comisión de dichos actos, con montos que van desde los $290.34 pesos hasta los $29,034.20 pesos más adicionales por cada día que transcurra por impago de la sanción
  2. Evitar consumir en dichos comercios que cobran ilegalmente el porcentaje y mejor optar en adquirir en aquellos comercios que no cobren por concepto de “comisión por pago con tarjeta”. 

De una u otra manera, las opciones recaen totalmente sobre el consumidor, ya que el procedimiento de queja únicamente procederá si el afectado presenta la queja o decide dirigirse a otro comercio.

¿Qué costos tiene utilizar una Terminal Punto de Venta?

Las cuotas por uso y/u obtención de una TPV varían dependiendo de cada institución bancaria o herramienta que las ofrezcan, sin embargo, por lo general no es ni una comisión, sino una cuota mensual que el adquirente (en este caso las empresas o personas que cuentan con establecimientos comerciales) acepta y debe de subsanar él mismo o ella misma. Más aún, si el comerciante llega a facturar más de cierta cantidad establecida por el banco o la herramienta utilizada, podría llegar a exentar dicha cuota. 

Lo anterior es una negociación directa entre el comercio y el banco que se pacta por medio de un contrato y no tiene ni debe por qué ser cobrada al tarjetahabiente como requisito de pago para poder utilizar la TPV que el comercio ofrece.

Por tanto, la comisión que algunos establecimientos siguen transfiriendo al cliente es ilegal, pues ésta se lleva a cabo entre el banco o herramienta y el establecimiento para cubrir costos como el acceso a la red, la garantía de liquidación de los pagarés al comercio, la cuota de intercambio y las tasas de descuento, no por el uso del cliente como herramienta de pago. 

Así que durante este próximo Hot Sale, conoce tus opciones antes de pasar tu tarjeta por una TPV.

Las opiniones publicadas en esta columna son responsabilidad del autor y no representan ninguna posición por parte de Business Insider México.

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