Ericka Treviño Calderón

Ericka Treviño Calderón

Sin importar el giro altruista que pueda tener tu sociedad civil, las fuentes de financiamiento siempre serán un factor indispensable para operar. Por ello, es importante distinguir si tu sociedad puede ser catalogada como donataria autorizada, ya que, si es el caso, la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) te exenta del pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) y te autoriza para recibir donativos deducibles del mismo impuesto.

¿Qué son las donatarias autorizadas?

Una donataria autorizada es una organización de la sociedad civil (asociación civil) que cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria para recibir donativos deducibles del ISR y además se encuentra exenta al pago de este impuesto.

El no ser sujeto al pago de este impuesto, no quiere decir que no puedas generar cualquier otro tipo de obligaciones como: emitir comprobantes fiscales correspondientes a los donativos recibidos, llevar contabilidad, durante el mes de mayo de cada año, deberás poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia, así como al uso y destino de los donativos recibidos, presentar las declaraciones anuales, entre otras. Pero, si llegas a realizar actividades distintas a tu objeto social, estarás obligado al pago del ISR, ya que irías en contra de la naturaleza de esta figura, al realizar una actividad distinta al fin no lucrativo.

Te estarás preguntando, ¿por qué no hay un mayor número de donatarias autorizadas, si te exenta del pago de un impuesto? Esto se debe a que la dificultad más grande que se presenta para poder ser donataria autorizada, es la obtención de la autorización por parte del SAT, ya que dicho requisito es esencial para conformarse como tal.

¿Cómo saber si mi organización puede ser donataria?

El artículo 79 de la Ley del ISR establece cuales son las personas morales que estarán exentas del pago del ISR, pero no todas las enlistadas en él serán consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles. Para ello, deberás remitirte al artículo 82 de la misma ley que establece cuales actividades debe desempeñar una donataria autorizada entre ellas se encuentran aquellas organizaciones dedicadas a la

  1. Investigación científica
  2. Asistenciales
  3. Educativas
  4. Obras o servicios públicos
  5. Culturales
  6. Desarrollo social
  7. Preservación de la ecología, entre otras.

Es decir, tu objeto social deberá incluir alguna de las actividades antes mencionadas, debido a que la autorización es para sociedades que por su naturaleza no buscan la generación de una utilidad como fin principal.

De igual manera, para facilitar el proceso se recomienda contar con las estructuras de gobierno corporativo. Este trámite lo puedes realizar en línea a través del portal del SAT, adjuntando la documentación digitalizada y el requisito de solicitud.

¿Cuáles son los beneficios para tu organización?

Los principales beneficios fiscales que recibirás al convertirte en una donataria autorizada serán mayores que el esfuerzo que inviertes en el proceso.  De acuerdo con el SAT, los beneficios que puedes tener en tu empresa son los siguientes:

  1. Recibir donativos sin límite
  2. Evitar el pago de impuestos al comercio exterior por la entrada al país de mercancías que sean donadas
  3. No eres contribuyente del ISR
  4. Aplicar donativos deducibles a otra actividad adicional de tu acta constitutiva
  5. Tributas como persona moral con fines no lucrativos.

Donatarias Autorizadas para mitigar la pandemia

En estos tiempos difíciles de incertidumbre, algunas organizaciones civiles se están convirtiendo en donatarias autorizadas con el objetivo de contribuir al combate y mitigar el contagio del Covid-19.

Podrás solicitar la autorización para convertirte en una donataria autorizada siempre y cuando en tu objeto social se establezcan, entre otros, el de asistencia médica, rehabilitación, o cuentes con autorización para apoyar económicamente a otra organización civil. De tal forma, que a causa de la crisis sanitaria y ante la falta de recursos, esto es una buena jugada que beneficia tanto a los donantes como donatarios, porque les permite deducir sus donaciones; de esta manera, no solamente recibes beneficios fiscales sino que sociales al aportar tu granito de arena con la sociedad.

Aún así, no quiere decir que por ayudar no tendrás obligaciones. Cada donativo que recibas deberás informarlo a través del Portal del SAT y emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (“CFDI”) correspondiente, incorporando el texto “COVID-19”. Lo anterior para garantizar la transparencia del patrimonio y el destino que se le dará al donativo.

Si consideras que tu causa puede ayudar al desarrollo de ciertos sectores importantes para nuestra sociedad, asesórate para obtener la autorización de ser donataria autorizada y goza de sus privilegios.

erickalucia@maldonadomendozagc.com

Las opiniones publicadas en esta columna son responsabilidad del autor y no representan ninguna posición por parte de Business Insider México.

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