• Si te accidentas en tu empleo, te corresponde un tipo de incapacidad en especial.
  • Esta se determina de acuerdo a lo que te ocurrió y las consecuencias del incidente.
  • Hay situaciones donde el IMSS no te indemnizará, por lo que es importante conocerlas.
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Te caíste en la oficina y sufriste una fractura; esto es un riesgo de trabajo y amerita una incapacidad.

En México, la Ley Federal de Trabajo tiene diversas disposiciones sobre este trámite y las indemnizaciones que te corresponden.

Te mostramos lo que debes saber del tema por si tú o alguien cercano sufre un accidente dentro de su empleo.

Así se clasifica la incapacidad laboral en México

Ante la Ley Federal del Trabajo existen tres tipos de incapacidad:

1. Temporal: «Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo», de acuerdo con el artículo 478.

2. Permanente parcial: Hace referencia a cuando las personas trabajadoras tienen una disminución de sus facultades o aptitudes para desempeñar la labor que tenían.

3. Permanente total: Es la situación donde el empleado pierde de por vida sus facultades o aptitudes para el trabajo.

En caso de muerte, también la ley contempla el fallecimiento de las personas por riesgo de trabajo.

Incapacidades ameritan indemnizaciones

Si tu accidente califica como riesgo de trabajo y te dan una incapacidad, es importante que recibas tu indemnización.

«Se tomará como base el salario diario que perciba el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba, hasta que se determine el grado de la incapacidad (o) el de la fecha en que se produzca la muerte», de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La cifra no puede ser menor al salario mínimo y se te debe otorgar directamente.

«Si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo. Si el trabajo se presta en lugares de diferentes áreas geográficas de aplicación, el salario máximo será el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos», precisa.

Las indemnizaciones por accidentes en el trabajo se clasifican dependiendo el tipo de incapacidad o por fallecimiento.

Temporal

La persona recibirá el pago íntegro del salario que no perciba durante este periodo; esto debe hacerse desde el primer día de incapacidad.

«Si a los tres meses de iniciada una incapacidad no está el trabajador en aptitud de volver al trabajo, él mismo o el patrón podrá pedir, en vista de los certificados médicos respectivos, de los dictámenes que se rindan y de las pruebas conducentes, se resuelva si debe seguir sometido al mismo tratamiento médico y gozar de igual indemnización o procede declarar su incapacidad permanente con la indemnización a que tenga derecho», explican tanto Profedet como la Ley Federal del Trabajo.

De ser necesario, se aplicarán estudios cada tres meses. El empleado recibirá su salario hasta que se declare la incapacidad permanente.

Permanente parcial o permanente total

Se debe pagar íntegramente, sin deducción de los salarios que se percibieron en ese periodo.

Muerte

Se aplica el artículo 115 de la Ley Federal de Trabajo; menciona lo siguiente: «los beneficiarios del trabajador fallecido tendrán derecho a percibir las prestaciones e indemnizaciones pendientes de cubrirse, ejercitar las acciones y continuar los juicios, sin necesidad de juicio sucesorio».

¿En qué casos no se indemniza a la persona o familiar?

La abogada María Eugenia Rosas detalla en entrevista los motivos por los que no se indemnizaría a una persona que sufrió un riesgo de trabajo.

«Si en el accidente de trabajo encuentran al trabajador en estado de embriaguez; si ocurriese bajo los efectos de narcótico o droga, exime al patrón de pagar cualquier tipo de indemnización. Otra cuestión es si lo ocasiona el trabajador intencionalmente o con acuerdo de algún otro compañero (…) y por riñas o intentos de suicidio», precisa.

Tampoco se indemnizará a la familia si la persona muere durante una incapacidad por enfermedad general, sin importar el tiempo que lleve laborando con esa empresa.

«Depende de la causa de la muerte (…). Lo primero es: ¿la incapacidad del trabajador era por riesgo de trabajo o por enfermedad general? Son cosas que debemos saber. Como consecuencia de un accidente en el empleo, si se agrava su salud y muere, tiene derecho a la indemnización. Si fue por enfermedad, no hay pago (…). Se debe aclarar cuál es el caso», finaliza.

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