• El organismo que vela por los datos personales de los mexicanos presentará una acción de inconstitucionalidad contra el padrón.
  • De hecho, el INAI al considera que la reforma viola derechos de millones de usuarios.
  • La semana pasada, un juez señaló que el registro pone en riesgo a los clientes de telefonía móvil porque pueden quedarse sin servicio si se niegan a registrarse.

El organismo de protección de datos personales en México acordó presentar una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a algunos artículos de la ley federal de telecomunicaciones. Estos cambios obligan a los usuarios de teléfonos celulares a entregar a los proveedores del servicio datos personales para un registro biométrico.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentará el recurso legal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al considerar que la reforma viola derechos de millones de usuarios.

Quienes apoyan el padrón —aprobado por el Senado y el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO)— argumentan que es necesario para reducir crímenes como la extorsión y el secuestro. Supuestamente, el padrón dificultará que los delincuentes permanezcan en el anonimato.

Sin embargo, un registro similar con datos de los usuarios de líneas telefónicas móviles se canceló en 2011, a solo dos años de su operación. La base de datos se filtró a grupos de la delincuencia organizada y realizaban extorsiones.

El INAI se opone al padrón de usuarios de telefonía móvil

De hecho, el INAI señaló que ese padrón, conocido como Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) vulnera “los derechos de protección de datos personales y de acceso a la información”. Incluso, destacó que ese registro transgrede los artículos 6º y 16 de la Constitución Política.

«La persecución de los delitos es un tema que nos debe preocupar a todos y que el Estado es el responsable de velar por la seguridad de los habitantes; pero ello no puede ni debe ser razón suficiente para restringir las libertades y derechos humanos», dijo Adrián Alcalá, uno de los comisionados del INAI, durante una sesión del organismo.

El padrón requeriría que empresas como América Móvil, Telefónica y AT&T recopilen huellas dactilares o datos biométricos oculares de los clientes. Estos deberán compartirlos con el gobierno para su inclusión en una base de datos administrada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). La información estaría disponible si se solicita en un proceso de investigación.

Sin embargo, un juez frenó la semana pasada parte de la ley. El argumento es que el Panaut pondría en riesgo a los clientes cuando se nieguen a compartir datos personales; pues su línea telefónica sería cancelada.

Con información de Reuters.

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