• El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) relanzó el Premiso Covid 4.0.
  • El trabajador que solicite la incapacidad tendrá permiso legal para ausentarse por cinco días.
  • La persona con incapacidad recibirá un subsidio del 60% del salario registrado en el IMSS durante los cuarto y quinto días.
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció que reactivará el Permiso Covid 4.0, en un boletín de prensa. El director general de la institución, Zoé Robledo, dijo que esto se hace con el fin de romper las cadenas de contagio ante el registro de nuevos brotes de coronavirus debido al reciente aumento de contagios y el riesgo que significa la variante Ómicron.

Esta medida se usó por primera vez en marzo de 2020. Según cifras del IMSS en «la versión anterior, casi un millón y medio de trabajadores tramitaron su incapacidad; de ellos, aproximadamente 350 mil lo hicieron por vía digital». El instituto también detalló que en tanto que el promedio de edad en que fue solicitado fue de 28 años, y que las entidades que tuvieron mayor número de solicitudes fueron Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco y Estado de México.

El otorgamiento de dicho permiso no estará sujeto al semáforo epidemiológico y se dará sin tener que visitar los servicios médicos del IMSS.

El doctor Mauricio Hernández Ávila, director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, explicó que se prevé que en la semana del 17 de julio se tenga la temporada más alta de transmisión de la quinta ola del Covid-19.

¿Qué es una incapacidad?

Una incapacidad es cuando un trabajador no puede trabajar de manera temporal, debido a que sufre un padecimiento derivado de un accidente o enfermedad. Esto también aplica durante los periodos anteriores y posteriores al parto en el caso de trabajadoras aseguradas.

 En estos casos el médico del IMSS te expedirá un certificado de incapacidad con el fin de justificar tu ausencia en el trabajo durante los días que requieras para tu recuperación.

Cómo tramitar el Permiso Covid según las autoridades 

Para conseguirlo debes seguir los siguientes pasos:

  • Ingresa a la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o a la aplicación IMSS Digital.
  • Da clic en Ingresar Permiso Covid-19.
  • Responde el cuestionario.
  • Agrega tu CURP, Código Postal y da clic en Iniciar. 
  • Indicar si tienes alguna prueba de enfermedad respiratoria, esta será condicionante para el otorgamiento del permiso.
  • Agrega correo electrónico y cuenta CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente.     

“Ya con el Permiso Covid aprobado solo debes notificar a tu centro laboral para justificar la ausencia”, declaró.

Para acreditar con mayor facilidad la enfermedad tienes estas opciones: un cuestionario de síntomas en línea, la prueba rápida en los Módulos de Atención Respiratoria del Seguro Social (MARSS) o los resultados de algún otro laboratorio con el que el Instituto tenga convenio.

¿Incapacidad por enfermedad general o por riesgo de trabajo? 

Ten en cuenta que únicamente los derechohabientes del IMSS podrán solicitar este permiso. 

El trabajador que solicite la incapacidad tendrá permiso legal para ausentarse por cinco días y recibir un subsidio del 60% del salario registrado en el IMSS durante los cuarto y quinto días de incapacidad.  

Esto debido a que, por ley, los primeros tres días no se cubren ya que es incapacidad por enfermedad general y no por riesgo de trabajo. Sin embargo, de acuerdo con Diego García, abogado laboral, por regla general se paga al tercer día. 

“Lo que pasó es que se estaba otorgando hasta el cuarto día porque el sistema se saturó, porque los permisos son otorgados a razón de lo que el trabajador manifieste en la plataforma, por lo que obviamente hubo muchas peticiones”, explicó a Business Insider México.

¿Qué diferencia hay entre incapacidad por enfermedad general y por riesgo de trabajo?

La diferencia radica en cuánto tiempo te tomará retomar tu trabajo y el porcentaje de tu salario diario que te pagarán, dijo García. Esto porque una vez que se decreta la incapacidad recibes el dinero a través del IMSS, no de tu patrón.

Cuando es una enfermedad general se asume que saldrás pronto de ella, en cambio si es derivada de riesgo de trabajo podría derivar en prolongar el tiempo de dicha incapacidad.

El dar positivo a Covid-19 podría entrar como riesgo de trabajo para las personas que trabajan en laboratorios que hacen las pruebas o para el personal de salud.

“Al ser una enfermedad de contagio respiratorio, es imposible saber dónde te contagiaste. Podemos asumir que fue en el trabajo pero no hay manera de tener la certeza”

Para la incapacidad por riesgo de trabajo, el empleado recibe 100% del salario con el que estés dado de alta en el IMSS, desde el inicio de la incapacidad. Mientras que si es por enfermedad general, solo se cubre 60% del salario y lo recibirás a partir del cuarto día.

Por ejemplo, si tu patrón te registró con un sueldo de 100 pesos diarios, desde el día 1 al día 3 de tu incapacidad no recibirás pago alguno. A partir del día 4 y hasta el 7 recibirías 60 pesos diarios, lo que haría un total de 240 pesos.

Y si te preguntas si este subsidio también genera impuestos, te tenemos una mala pues si. “Todo ingreso que tu tengas va a ocasionar algo taxativo, sin importar si es ingreso por una incapacidad”, aclaró el abogado.

Nota del editor: Esta nota fue actualizada el 7 de julio de 2022 para incluir información sobre la reactivación del programa.

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