• La propuesta busca otorgar más derechos a los sindicatos minoritarios, esto en las instituciones donde existe más de un grupo de esta índole.
  • El proyecto fue presentado por la diputada y abogada laboral Susana Prieto.
  • La iniciativa aún requiere la aprobación del Pleno de la Cámara baja.
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Integrantes de la Cámara de Diputados aprobaron en comisiones una reforma para otorgar derechos a los sindicatos minoritarios.

Esta modificaría el artículo 388 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde se mencionan las norman referentes a la existencia de varios sindicatos en un mismo centro laboral.

Te mostramos a detalle en qué consistiría este cambio. Aún requiere el «visto bueno» del Pleno en San Lázaro.

Cambios para los sindicatos minoritarios

La reforma sobre sindicatos minoritarios fue presentada por la diputada y abogada laboral, Susana Prieto. Hace énfasis en los derechos de estos grupos, con la adición del apartado IV al artículo 388 de la LFT.

«Deberá respetarse la libertad sindical de los sindicatos minoritarios y sus agremiados, para lo cual, queda prohibido privar a las organizaciones sindicales minoritarias que no hayan sido reconocidas como las más representativas, de los medios esenciales para defender los intereses colectivos de sus miembros ni del derecho de organizar su gestión y su actividad y de formular su programa de acción», se lee en la iniciativa.

Entre los cambios propuestos por la legisladora son los siguientes:

  • Derecho para tener licencias con goce de sueldo otorgadas por el patrón.
  • Los trabajadores podrán afiliarse a la agrupación sindical minoritaria de su preferencia.
  • «Ante la presencia de un acto discriminatorio en el ámbito laboral (…), cometido en perjuicio de los sindicatos minoritarios y sus agremiados, los Tribunales Laborales impondrán al responsable multas de hasta mil UMAS por cada trabajador afectado. (Además de) sanciones tendientes a erradicar los actos de discriminación laboral, para que en un futuro se abstenga de realizar ese tipo de actos», se lee en el documento.
  • Los sindicatos minoritarios tendrán derecho a recibir las cuotas sindicales de los agremiados y el patrón estará obligado a dar a conocer este pago.
  • Dependiendo el número de agremiados, podrán proponer al patrón aspirantes a plazas de nuevas creación y percibir parte proporcional de las prestaciones económicas derivadas de la contratación colectiva.
  • «Los sindicatos minoritarios cuentan con el derecho de organizar su gestión y su actividad y de formular su programa de acción», expone la iniciativa.

En caso de ser aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados, esta sería vigente un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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